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26/07/2002 | La corrupción- Un caso: ENARGAS-METROGAS SA

Pablo Bertora

(Primera Parte)

pabertor@yahoo.com

 

I-Introducción

Antes de entrar al hecho a que nos vamos a referir específicamente de acuerdo al título, debemos tener en cuenta qué se define por corrupción, cuáles son las consecuencias económicas, políticas y sociales y cómo combatirla para fortalecer a la democracia.

Pero ¿qué queremos decir cuando hablamos de corrupción?

Como Michel Johnston, Profesor de la Colgate University, ha señalado no existe una única respuesta a esta pregunta. Sin embargo, en términos generales, la corrupción política puede ser definida como el abuso de roles o de los recursos públicos para beneficio privado. Algunos de estos términos son de dífícil aplicación. Por abuso, podemos entender que es un acto que es contrario a la ley o a ciertos valores sociales. El límite y los lazos entre el sector público y privado no son claros y en algunas definiciones de corrupción se puede incluir el abuso de roles privados para ganancia personal, que es lo que más ocurre. Por su parte, los beneficios pueden consistir no sólo en dinero, pero también en poder político y obligaciones. Lo que sí aparece claramente es que la corrupción no es un acto aislado, sino un fenómeno económico, social y político que es posible en un ambiente de permisividad e impunidad como ocurren nuestro país y en pueblos de estructuras jurídicas similares.

Combatir la corrupción se ha convertido en una de las mayores preocupaciones de gran parte de las organizaciones internacionales, de los gobiernos locales y nacionales, del sector privado y de la sociedad civil. Este interés mundial puede ser entendido si se consideran las implicancias económicas, sociales y políticas que trae aparejado dicho mal.

La corrupción afecta el nivel de inversión y el desarrollo económico de cualquier país, y en nuestro caso lo vemos claramente. Richard Werksman, Consejero Especial en Anticorrupción para el Departamento de Estado de USA, admite que la corrupción actúa como obstáculo para la distribución eficiente de los recursos necesarios para eliminar la pobreza.

La corrupción socava la credibilidad y confianza de los ciudadanos en la política y en las instituciones democráticas. En casos extremos, como hemos llegado en Argentina, la corrupción puede llegar a erosionar los valores democráticos y generar inestabilidad política.

Combatir la corrupción es una corresponsabilidad de los Estados, las autoridades locales, el sector privado, la sociedad civil y la comunidad internacional. Cada uno como ciudadano tiene la responsabilidad de actuar con transparencia en nuestra vida profesional y personal fortaleciendo los valores democráticos.

Luchar contra la corrupción implica un esfuerzo continuo por fortalecer la democracia y el buen gobierno, y es el objeto de este artículo el de poner ante nuestros lectores y autoridades información acerca de uno de los tantos hechos de corrupción que consideramos muy graves, y que ocurrió por la convivencia de las autoridades del ENARGAS y de la que debiera ser controlada por los mismos, la empresa distribuidora de gas METROGAS SA.

II-Un ejemplo de corrupción-ENARGAS-METROGAS SA

En fecha 11 de febrero de 1999 (NOTA ENRG/GdyE/GAL/GayS/D Nº 0636, REF.: Resolución 393/96 y 408/96, auditoría sobre aplicación del Decreto 1136/99, servidumbre, Expediente 3669/98), el Directorio de ENARGAS se dirige al Gerente General de METROGAS SA (D.Bill Adamson), y dice que con:... “motivo de la auditoria realizada del 22-10-98 al 03-11-98, en la que personal del ENARGAS ha verificado el cumplimiento de la Resolución ENARGAS Nº 393/96, mediante la cual se le ha autorizado a trasladar a los clientes, el cargo por servidumbre”.

“Al respecto esta AUTORIDAD REGULATORIA le comunica que esa Licenciataria deberá efectuar un nuevo cálculo de la facturación realizada a los clientes por la actividad regulada, de acuerdo a las observaciones que se detallan a continuación:

a) Metrogas deberá descontar del total consignado a la actividad regulada, la servidumbre correspondiente al procesamiento de líquidos en Cerri, proveniente de las rutas NQN-BB y SC-BB por todo el período noviembre -96 a diciembre-97.Asimismo deberá calcular el cargo para 1998 sin este concepto.

b) Metrogas deberá descontar los intereses cargados a los clientes, por la actualización de la servidumbre facturada por los transportistas.

El cálculo a que se refiere la Resolución 393/96 es para homogeneizar los saldos al momento de la declaración jurada. De la normativa descripta en el anexo I de la resolución surge que solamente puede trasladar a los usuarios la servidumbre facturada por los transportistas.

El punto 10) habilita a las Distribuidoras a calcular la actualización entre egresos e ingresos a fin de homogeneizar los valores a cada año, siempre y cuando los créditos y débitos se originen dentro del mismo año y con un defasaje razonable, para el primer período, a fin de poner en marcha los procesos de facturación.

c) Metrogas deberá absorber el descuento adicional practicado a las usinas por aplicación de un cargo diferencial por servidumbre, ello así en tanto la Licenciataria no está autorizada a efectuar este tipo de descuento, salvo que sean absorbidos por dicha empresa.

Se destaca que el aporte al Fondo es la consecuencia de la facturación a cada usuario del sistema, de acuerdo a lo previsto en las Resoluciones ENARGAS 393/96 y 408/96.Mediante el cálculo del cargo y su aplicación a cada categoría de usuario se busca el justo aporte de todos los usuarios del sistema. En consecuencia no debe discriminarse a unos en detrimentos de otros, ya sea dentro de la misma Licenciataria como a través de la presentación de saldos a favor engrosados por descuentos no asumidos como pérdidas y pretendidos aplicar al Fondo, donde se perjudicaría a los usuarios del resto del país.

d) Metrogas no ha dado cumplimiento al punto 9) y 11) del anexo I de la Resolución 393/96, dado que no presentó las Declaraciones Juradas mensuales y que el plazo para presentar el balance de lo efectuado al 31-12-97 venció a los 30 días posteriores a esa fecha.

e) Metrogas solicita que el primer balance se realice al 31-12-98, plazo que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS lo autoriza con carácter de excepción.

f) Deberá tenerse presente que cuando deje de tener vigencia el decreto, el último cargo debe llevar el ajuste del primero, por la proporción de consumo por el período anterior al 1-1-96.

g) Si de los ajustes a practicar surgiera que esa Licenciataria percibió de los usuarios un mayor importe al que se determine, deberá realizar el ajuste de los cobrados de más y devolver la diferencia con más los intereses, que la Licenciataria aplica para deudas por mora, previsto en el Reglamento de Servicio art.5 pto. (G).

La Licenciataria deberá cumplimentar los consignados en los párrafos precedentes, dentro de los QUINCE (15) días corridos a partir de recibida la presente.

Sin perjuicio de ello, esta AUTORIDAD REGULATORIA imputa formalmente a METROGAS SA el incumplimiento de la Resolución 393/96, conforme a lo detallado en los items a), b), c) y d), debiendo presentar su descargo dentro de los DIEZ (10) días hábiles de notificada en los términos del punto 10.2.9 de las Reglas Básicas de la Licencia.

Firmado: Ing. Hector E. Formica-Director, Ing. Ricardo V. Busi-Director, Ing. José Andrés Repar -Vicepresidente e Ing. Hugo D. Muñoz-Director”

Como podemos apreciar se manifiestan algunos hechos muy irregulares, que ninguna Autoridad Regulatoria puede dejar pasar tan a la ligera, excepto que medie algo que los usuarios y las autoridades competentes en la materia desconocen.

En nota del ENARGAS de fecha del 02-junio-2000 (NOTA ENRG/GdyE/GAL/GayS/D Nº 226, Ref.: Resolución 393/96 y 408/96, auditorías sobre aplicación del Decreto 1136/96, servidumbres. Expediente 3669/98) dirigida al Sr. Presidente de METROGAS SA. D. Alberto Alvarez Villanueva, firmada por los: Ings. Hugo D. Muñoz -Director, José Andrés Repa r-Vicepresidente y Héctor E. Fórmica -Presidente, dice:

“Nos dirigimos a Usted con motivo de la auditoria realizada del 13-12-99 al 18-01-00, en la que el personal del ENARGAS ha verificado el cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS 393/96 y 408/96, ...con lo actuado hasta el presente y considerando el cargo que le corresponde as las usinas, sin descuentos adicionales no autorizados, esta AUTORIDAD REGULATORIA ha determinado el saldo histórico a favor del ENARGAS en concepto de servidumbre al 31-12-98, el que asciende a $ 1.760.527 (un millon setecientos sesenta mil quinientos veintisiete)*

Metrogas SA deberá recalcular la facturación del fondo de servidumbre, para ello en ANEXO I se detallan los items a satisfacer por esa Licenciataria.

La Licenciataria deberá cumplimentar lo consignado en los párrafos c) y e) del ANEXO I, dentro de los NOVENTA (90) días contados a partir de recibida la presente.”

*(Recordemos que en ese momento un peso era igual a un dólar)

Los puntos del ANEXO I, eran:

a) De la auditoría practicada a esa Licenciataria se han comprobado irregularidades en la facturación de los usuarios del sistema Pic, por ejemplo: en los casos de los usuarios que eran bimestrales que luego pasaron a mensuales y volvieron a ser bimestrales y de aquellos que tienen una situación particular (baja y reconexión, anulación de factura, confección de factura sustituta, etc.), es decir de todos aquellos casos que se apartan de la línea de facturación corriente.

b) Se ha confirmado que los cargos cobrados a los usuarios fueron calculados con consumos reales y estimados, lo que resulta inequitativo para los usuarios con amplitud de consumos.

c) Por lo tanto Metrogas deberá recalcular a los usuarios de Pic, desde el inicio, el cargo por la regularización de servidumbres teniendo en cuenta los volúmenes reales y los cargos definitivos que le corresponden a cada usuario.

d) Metrogas deberá intensificar el control interno de seguimiento de la facturación y presentar a esta AUTORIDAD REGULATORIA las constancias de los controles adicionales a la facturación de gas.

e) Metrogas no cumple el punto 7) de la Resolución ENARGAS 393/96, que dispone la obligación de facturar el cargo en cuestión, en cada documento cuando corresponda.

f) Si de los ajustes a practicar surgiera que esa Licenciataria percibió de los usuarios un mayor importe al que se determine, deberá realizar el ajuste de lo cobrado de más y devolver la diferencia con más los intereses, que la Licenciataria aplica para deudas por mora, previsto en el Reglamento de Servicio art. 5pto.(G).

g) Metrogas no ha dado cumplimiento al punto 9) del ANEXO I de la Resolución 393/96, dado que no presentó las Declaraciones Juradas mensuales y la Declaración Jurada Anual para el año 1999 fue presentada fuera de término.

Como pueden apreciar los lectores, hasta ahora todo iba marchando bastante bien. Y ahora vienen los sucesos que se deben tener en cuenta y tomarse las medidas que sean necesarias para terminar con las prácticas corruptas que tanto están afectando a las democracias, la economía del país y son generadoras en parte de la violencia, tema que dedicaremos en algún otro articulo de esta serie.

Recién el 28 de noviembre de 2001, después de haber pasado más de dieciocho (18) meses (¡SI, 18 MESES!) METROGAS SA (Roberto Brandt -Director de Asuntos Corporativos) dirige una nota al Sr. Presidente del Ente Nacional Regulador del Gas, Ing. Héctor Formica, con Ref.:Resolución 393/96 y 408/96.Fondo de Servidumbres Decreto 1136. Nota ENRG/GdyE/GAL/GayS/D- Nº 2261/00.Expediente Nº 3669/98) en respuesta de la Nota 2261/00, y en unos de sus párrafos que podemos definir como de los más extravagantes, dice:

... “Dado que ese reconocimiento encuentra limitaciones financieras importantes, ya que no sólo resulta imposible cobrarles esas diferencias a las Usinas de Generación Térmica, sino que también se está recuperando en el largo plazo las servidumbres de clientes residenciales, proponemos que el pago de la diferencia neta al 31/12/99, correspondiente a las ventas de transporte interrumpible a las Usinas, cuyo monto asciende a $ 2.703.005, se materialice a partir del mes de enero de 2002, en 48 cuotas iguales y consecutivas de $56.312,60.

Las cuotas vencerán el día 15 de cada mes y el pago se efectuará en la forma que disponga el ENARGAS”...

Debemos tomar la cifra del ENARGAS al 31-12-98 ($1.760.527, en realidad dólares a ese momento), el cálculo actualizado reconocido por METROGAS SA al 31-12-99 ($2.703.005, también dólares), no actualizada al 31-12-2001 con ningún índice o multilplicador, con una expectativa de inflación importante en ese momento y que se sugiere pagar en 48 cuotas iguales y consecutivas, o sea licuar la deuda real en poco más de u$s 730.000 dólares de hoy si la propusiesen pagar en una sola cuota (si se tomase el monto al 31-12-99).

Ya acá hay varios hechos significativos, no actualización de la deuda al 31-12-01 y la proposición del pago en cuatro años (en 48 cuotas iguales y consecutivas), SI en cuotas iguales y consecutivas; nadie en su sano juicio puede aceptar este tipo de propuesta, más que nada con una expectativa de inflación y de devaluación a esa fecha, al menos actualizada por el factor de los intereses que METROGAS SA aplica a las deudas en mora. Este es un tema muy importante a tener en cuenta en nuestro razonamiento de que se ha cometido un hecho, que al menos podemos definirlo como “corrupto”.

En medio ya de la de la crisis política-económica que azotaba al país en ese momento, el 30 de noviembre de 2001 (NOTA ENRG/GD y E/GAL/D Nº 5855. Ref.: Resoluciones ENARGAS Nº 393/96 y 408/96.Cargos por servidumbre.Expediente ENARGAS nº 3669/98), el Presidente del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (Ing. Hector E. Fórmica) se dirige al Presidente de METROGAS SA ( D. William H. Adamson) y le contesta entre otros considerandos que no hacen al grueso del caso, lo siguiente:

...”De las constancias obrantes en el ENARGAS, y como consecuencia de la aplicación de la Resoluciones antes citadas, se ha determinado el saldo a favor del ENARGAS al 31-12-99, por el concepto de usinas exclusivamente, el que está en el orden de $2.7 millones.

La propuesta de METROGAS SA a fin de cancelar las deudas pendientes en 48 meses, cumple con el objetivo de este Organismo en cuanto a que mediante la aplicación del cargo a cada categoría de usuario, se logra el justo aporte de todos los usuarios del sistema.

Sin embargo, el plazo planteado resulta a criterio de esta Autoridad Regulatoria demasiado extenso, requiriéndose en consecuencia, que el período no se extienda más allá de 36 meses consecutivos, materializándose el pago al ENARGAS de la primera de ellas el 15 de enero de 2002.”

¡Qué buen defensor de los intereses públicos y de los usuarios ha resultado el Ing. Fórmica! No dice nada de porqué no se actualizó la deuda al 31-12-01 y el Ing. Fórmica acepta “complaciente” el pago en cuotas iguales y consecutivas, en un momento que ya se vislumbraba un horizonte económico muy negro y que se venía muchos problemas en el futuro de la economía.

¡Pero sí y defendiendo los intereses de todos le impone 36 meses, en cuotas iguales y consecutivas y no 48 meses!¡Este Ingeniero Fórmica ha demostrado defender los intereses del bien común, y debemos tomarlo como ejemplo de probidad!

Pero uno, que no piensa lo mismo, se debe preguntar:

¿Porqué se tardó tanto en ejecutar esta deuda a favor del Estado?¿Quién se benefició?¿Es un hecho de corrupción manifiesto?¿Las Autoridades, Asociaciones de Consumidores, etc. no debieran tomar parte para desenrollar la madeja que son los Entes de Regulación de las empresas privatizadas?¿ Los Gerentes de Asuntos Legales (Dr. Osvaldo Pitrau) y el de Economía del ENARGAS (Lic. Alicia Federico), asienten sin oponerse la forma de pago y la suma a cobrarse sin intereses?¿Tuvieron ellos en cuenta que si se actualiza la deuda –la del 31/12/99, que es de $2,7 millones- con la misma tasa que se les cobra a los usuarios por falta de pago al 15 de diciembre de 2004, fecha del último pago de la cuota 36, el monto cobrado sería de $9.667.551, que transformado en dólares al día de hoy serían unos u$s 2.612.651, que es aproximadamente el capital de la multa con una quita al mismo y sin intereses?¿Quién se quedó y/o se benefició con esa diferencia?

Aparte, por ejemplo se sabe que un ex-Director del ENARGAS Ing. Hugo Muñoz, de la Delegación Mendoza del mismo, que debiera haberse reintegrado a la misma el 15 de marzo de 2002, no ha regresado, y certifica las horas y no aparece por ningún lado en la Delegación ni en ningún lugar conocido de la Entidad Regulatoria, a pesar de cobrar $3.900 mensuales.¿A qué se debe esto?¿Qué favor se está pagando?¿A quién?¿Por qué?¿Tiene tantas vacaciones acumuladas?

Para terminar la nota y para información de nuestros lectores, y como base de nuestros próximos artículos, vamos a hacer una pequeña reseña del curriculum del Ing. Héctor Fórmica, actual Presidente del ENARGAS, tomado de la revista Dirigencia-Año XXI-Número 218-Junio 2002:”Fórmica es Presidente del Enargas desde el 11 de junio de 1999.Antes fue Director del Organismo, desde 1995.Ha sido consultor y asesor de empresas y de la Secretaría de Energía y, entre 1986 y 1988 dirigió la Subsecretaria de Combustibles.”

En el reportaje de página 10 en adelante, de la citada revista, Fórmica dice entre otras cosas:”Desde el punto de vista del desempeño empresario, no ha habido incumplimientos atribuibles a las licenciatarias de gas...A nuestro entender no ha habido incumplimiento contractuales de las empresas...etc .etc”

Muy simpática la nota al Ingeniero H. Fórmica que lo presenta como un señor muy preocupado por los usuarios, las empresas y los asuntos, tanto públicos como los del Bien Común. Pero el hecho descripto, y éste es uno, ya que poseemos otros ejemplos que demuestran lo contrario.

Denunciando esta clase de hechos para combatir la corrupción, estamos fortaleciendo a la Democracia, y luchando contra todas las debilidades y males que la aquejan o destruyen. Todo ciudadano tiene el deber de denunciarlos, cada uno somos artífices del País, de los gobernantes, del destino, etc. que queremos para nosotros y nuestros hijos. Si no lo hacemos, y perdemos a la Democracia, es que hemos actuado como cómplices que no es nuestro objetivo en la vida.

Offnews.info (Argentina)

 


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07/08/2002 La corrupción- Un caso: ENARGAS-METROGAS SA
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