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28/03/2014 | Mexico - Cinco claves de las leyes secundarias de telecomunicaciones mexicanas

Luis Pablo Beauregard

El Congreso discutirá en abril una polémica propuesta del Gobierno para regular el sector

 

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El presidente Enrique Peña Nieto presentó esta semana un polémico proyecto de leyes secundarias en telecomunicación. La iniciativa de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que será discutida por el Senado, sustituye a añejas normas de 1960 y 1995. Algunos de sus 312 artículos han sido duramente criticados por la oposición y un buen número de expertos, que consideran que diluyen los alcances logrados en la reforma constitucional de junio de 2013, que se hizo para fomentar la competencia y evitar prácticas indebidas de los gigantes del sector: América Móvil, de Carlos Slim, y Televisa, de Emilio Azcárraga.

A continuación presentamos algunos puntos destacados en la iniciativa enviada por el Gobierno de Enrique Peña Nieto y que generarán una intensa discusión en el Congreso el mes de abril.

-Tutela del Gobierno sobre el órgano regulador. El artículo 44 señala que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la SCT, “podrá solicitar al comisionado presidente del Instituto [Federal de Telecomunicaciones, IFT] que los asuntos que tengan interés, sean sustanciados y resueltos de manera prioritaria”. Esto se hará, señala la propuesta, “de manera excepcional y cuando exista urgencia, atendiendo al interés social y al orden público”.

Con este artículo se considera que el Gobierno está vulnerando la autonomía del IFT, un órgano regulador autónomo que se creó con la reforma constitucional. “La secretaría pretende opinar de manera indebida sobre el programa de trabajo y los informes de labores del regulador”, señaló en un comunicado la Asociación Mexicana del Derecho a la Información (AMEDI), que considera la propuesta del Ejecutivo “un grosero retroceso del marco regulatorio”. La secretaría también podrá emitir “opinión técnica no vinculante” en el otorgamiento, prórroga y revocación de concesiones para uso del espectro radioeléctrico (artículo 9).

La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) también deberá brindar apoyo al instituto en “la emisión de reglas, lineamientos, disposiciones administrativas de carácter general”, según el artículo 51.

-Actores preponderantes. El pasado siete de marzo el IFT declaró a dos agentes económicos preponderantes (grupos que por dominar el 50% o más de usuarios, suscriptores, tráfico en sus redes dicten las reglas de un mercado). El Grupo Televisa, de Emilio Azcárraga, lo fue en radiodifusión. El de Carlos Slim, (Inbursa, América Móvil) también recibió esa clasificación en el mercado de las telecomunicaciones.

Los críticos han señalado que la iniciativa del Gobierno es desigual en el trato de los gigantes y que la regulación a la compañía de Slim es mucho más estricta. Ambas empresas han sido obligadas a compartir su infraestructura pasiva con sus nuevos competidores. De acuerdo al artículo 264, el agente económico preponderante en radiodifusión (Televisa) deberá realizar “una oferta pública… que contenga términos y tarifas aplicables” para compartirlas. Las compañías de telefonía de Slim, Telcel y Telmex, no obstante, tendrán que presentar sus propuestas de tarifas al IFT para ser autorizadas (artículo 265). La iniciativa contempla 24 escenarios en los que el regulador puede imponer sanciones a las empresas preponderantes. Quince de ellas se pueden aplicar a Televisa. Y 21 de las 24 son aplicables a las empresas de Slim (artículo 296).

-Supervisión de contenidos. La Secretaría de Gobernación (ministerio del Interior) será la encargada de “vigilar” que las transmisiones de radio y televisión respeten “la vida privada, la dignidad personal y que no ataquen los derechos de terceros ni provoque la comisión de algún delito o perturbe el orden público” (artículo 218). Algunas asociaciones de la sociedad civil mantenían la esperanza de que el Gobierno derivara en otras instituciones la vigilancia de los contenidos y evitar que el ministerio del Interior pudiera controlar la línea editorial de algunos medios críticos. La iniciativa insiste en el papel de Gobernación ha mantenido desde la ley de radio y televisión de 1960.

El derecho de información y la libertad de expresión se encuentran respaldados en el artículo 223, que asegura que no serán objetos de ninguna persecución o investigación judicial ni censura previa.

-Defensor de las audiencias. Por primera vez, la ley contempla que los concesionarios deben contar con un defensor de las audiencias que dará seguimiento a las quejas, sugerencias y peticiones del auditorio (artículo 258).

-Sistema público de radiodifusión. La iniciativa enviada por el Gobierno también incluye una ley que crea el sistema público de radiodifusión. Algunos especialistas se han referido a él como una BBC, una cadena pública del estado que transmitirá a nivel nacional sin fines de lucro contenidos “que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica”. Gabriel Sosa Platas, analista de telecos, y la AMEDI han mostrado su preocupación de que este sistema, a pesar de ser un organismo público descentralizado del poder, esté "sectorizado” a la Secretaría de Gobernación.

El Gobierno ha defendido su proyecto y ha destacado algunos de los beneficios que la ley llevará a los consumidores. Entre ellos destaca el fin de la larga distancia nacional (artículo 118) y la eliminación de varias de las trabas que ponían las compañías de telefonía móvil para mudarse a otros operadores. The Competitive Intelligence Unit, una consultora especializada en temas de telecomunicaciones, asegura que la reforma disminuirá un 14% los precios de telefonía fija y un 17% los de la telefonía móvil. En 2012 la Organización para la cooperación y el desarrollo económico, la OCDE, había señalado que el sector de las telecomunicaciones móviles mexicanas se caracterizaba por sus altos precios. “Superan al promedio de la OCDE en todos los casos”, señaló el organismo.

El Pais (Es) (España)

 



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