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12/01/2017 | La importancia de la Oficina de Ética del Congreso de EE.UU.

Joaquín Garralda

La primera actuación destacable del reciente 115º Congreso de Estados Unidos, dominado por el Partido Republicano, ha sido desdecirse de lo que habían aprobado en una votación anónima que el partido había realizado internamente el día antes de la inauguración de la nueva legislatura.

 

La causa del escándalo era la reforma de la Oficina de Ética del Congreso (Office of Congressional Ethics, OCE), que estaba incluida en un paquete de medidas para aprobar en el primer día. La reforma no se llegó a plantear debido a las fuertes críticas que surgieron en los medios y a un tweet del presidente electo, Donald Trump, en el que les reconvenía respecto a sus prioridades, recordándoles que había temas más relevantes -sanidad e impuestos- a los que dedicar su esfuerzo antes que a reformar la OCE. En su campaña electoral, Trump había repetido asiduamente que "drenaría la ciénaga" ("drain the swamp") de los comportamientos de los políticos en Washington, aseveración que se contradecía con el aparente interés de la reforma.

¿Cómo entendemos esta noticia y qué conclusiones podemos extraer?

La OCE fue creada en 2008 tras los escándalos de corrupción que fueron puestos de relieve en el proceso judicial contra un conocido lobista, Jack Abramoff. El organismo del Congreso que debería haber llevado a cabo una investigación sobre los hechos, el Comité de Ética del Congreso (House Ethics Committee), formado por congresistas, no había alertado de ninguna manera sobre esos comportamientos delictivos. Esta falta de actuación del Comité aumentó el descrédito que la sociedad americana tenía de las personas que representan al pueblo americano. La OCE trataba de evitar esa percepción y para ello se constituyó con carácter independiente del Congreso (aunque dependía presupuestariamente de él), formándose con expertos y ex congresistas con la función de investigar los comportamientos de los congresistas. Actuaba a partir de denuncias que podían ser anónimas, de los congresistas y de otros empleados del Congreso, y hacía públicos en su página web los documentos de las investigaciones que refería al Comité de Ética del Congreso, para su decisión final, ya que la OCE carecía de poder para imponer sanciones.

Un dato revelador de las relaciones anteriores entre estos dos organismos era que la OCE, desde su fundación, había realizado más de 100 investigaciones, de las que llevó 37 con evidencias al Comité para su consideración y de las que sólo en dos ocasiones el Comité impuso una sanción. Sin embargo, los documentos en los que argumentaba para denunciar los comportamientos de los congresistas susceptibles de ir en contra del Código Ético del Congreso, permanecían publicados con detalle en su página web.

La fallida reforma del partido republicano pretendía que la OCE perdiera su condición de organismo independiente, reduciendo además su capacidad de acción. Pasaba a depender del Comité de Ética, quien le limitaba su acción fundamentalmente en dos sentidos: no podía hacer público su trabajo, sino que debería comunicar sus investigaciones al Comité, en cuanto tuviera las primeras evidencias, para que éste procediera; y no debía investigar delitos penales de los congresistas. El nuevo nombre con el que pasaba a denominarse el organismo pone de relieve su intención: "the Office of Congressional Complaint Review", haciendo desaparecer la palabra "Ética" por su poder mediático.

De esta experiencia podemos extraer algunas conclusiones y una enseñanza. La primera y evidente es que cuando una organización establece unas medidas para ser transparente y rendir cuentas, no es algo que guste a los que se ven sometidos a ellas. Como en el caso de la OCE, los argumentos en contra se apoyan en el riesgo de "condenas sin juicios" una vez que se ha nombrado a una persona y en cuestionar el rigor del "proceso debido" para alcanzar las conclusiones. La segunda conclusión es que en un mundo tan complejo como el actual, se necesita el apoyo de un mecanismo de denuncias internas para que la lucha contra la corrupción sea eficaz.

A raíz de la crisis del 2008, en muchos países (en Estados Unidos la Dodd Frank Act de 2010 y en España la Reforma del Código Penal de 2015 que matiza la responsabilidad penal de las entidades jurídicas, establecida en La Ley Orgánica de 2010) se está obligando a que existan procedimientos de compliance que, además del Código Ético, incluyan una vía de comunicación -segura para el denunciante- mediante la que se pueda denunciar unos hechos potencialmente contrarios al código de comportamiento de la organización. Los argumentos que utilizan los que están en contra de asegurar esta seguridad confidencialidad se basan en que al proteger eficazmente la identidad del denunciante se favorecen las denuncias anónimas sin fundamento, que implican pérdidas graves en la reputación del denunciado. Evidentemente, proponen que exista la confidencialidad de la denuncia, pero que sea realizada a un organismo formado por personas con posibles intereses alineados con el denunciado, lo cual no asegura la tranquilidad del denunciante, cortando así la eficacia de esta vía.

¿Y la enseñanza? Las palabras pueden tener un poder concluyente, pero se deben respaldar con medidas que las avalen. Utilizando un paralelismo con la obra de Oscar Wilde, “The importance of being Earnest” (traducida por “La importancia de llamarse Ernesto”, perdiendo el doble mensaje que tiene en inglés), para asegurar que una organización esté fuera de culpa, no sólo importa que cumpla con el nombre -tener un "Código Ético"-, sino que también se debe preservar un comportamiento coherente.

América Economía (Chile)

 



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