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12/08/2019 | México - Transparencia: Cuando el poder detiene al poder

Francisco Javier Acuña

Uno de los componentes de la elevada corrupción en México tiene que ver con el constante tráfico de influencia que se fragua en negocios indebidos por los tentáculos del sector privado conectados por funcionarios interesados en asuntos en detrimento de las arcas públicas.

 

Uno de los avances cualitativos del combate a la corrupción inició en las democracias avanzadas y consiste en tipificar como una falta de carácter administrativo el ocultar la condición de riesgo del titular de algún encargo público en caer en la tentación de favorecer con decisiones directas o indirectas a cónyuges, parientes, conocidos, etcétera. El riesgo radica en no avisar el potencial conflicto de interés que se puede generar si, con las decisiones de esa dependencia pública, se favorece a personas cercanas al servidor público. Y, al no haberse revelado anticipadamente el riesgo de comentario, que se lleguen a consumar operaciones institucionales indebidas. En otras palabras, que se adquieran bienes o servicios de las empresas de los terceros cercanos o que se les otorguen favores revestidos de trámites aparentemente imparciales de los que resultan beneficiados parientes o amigos.

Ante la ausencia de medidas para evitar los conflictos de interés, con frecuencia, se comprueba que, por encima de la cercanía de parientes del funcionario público, aquél interviene indebidamente, y en lugar de impedirlo, hay un trato preferente a sus cercanos. Normalmente, además se comprueba que el trato de favor implicó facilidades adicionales o extraordinarias, dispensas de requisitos, montos mayores para los dividendos de la ecuación del negocio en beneficio de los suyos.

Cuando el conflicto de interés no se anuncia para evitar que se verifiquen las consecuencias, las operaciones infectadas confirman el tráfico de influencias. La declaración de conflicto de interés debe ser una constante prevención al tráfico de influencias; tampoco es una patente de corso.

Uno de los componentes de la elevada corrupción en México tiene que ver con el constante tráfico de influencia que se fragua en negocios indebidos por los tentáculos del sector privado conectados por funcionarios interesados en asuntos en detrimento de las arcas públicas. Sin embargo, ni la transparencia de la gestión pública ni el cumplimiento de la declaración de conflicto de interés erradican por sí solas la corrupción.

La transparencia es una lupa sobre la manera en que transcurre la marcha institucional para que de los hechos (incluidos los tráficos de influencia) surjan denuncias y se activen medidas para fincar responsabilidades administrativas o penales, el problema es que no se procesan las denuncias.

Se evidencia otra fuente de conflictos de interés entre los servidores públicos denunciados. Por tanto, la trama de la corrupción implica una cadena de complicidades en las que se entrelazan relaciones interesadas en tejer de modo interminable un manto de impunidad. Las escasas denuncias que se formulan contra actos de corrupción derivados de conflictos de interés no declarado, y que se volvió tráfico de influencias, pueden no prosperar y extinguirse sin consecuencias al nivel que la legalidad debería imponer.

No basta con que la legislación prevea medios para denunciar conductas indebidas, urge que haya denuncias y que no haya redes de impunidad que paralicen los mecanismos para combatir los abusos y excesos. Debe haber controles sociales, como los medios de comunicación y las OSCs.

Se ha sostenido con ligereza que la creación de Ifai, transformado en Inai, no ha impedido la corrupción. Efectivamente, pero gracias a los Órganos Garantes de transparencia se ha podido ver de modo irrefutable una cantidad enorme de trámites de gobierno infectados por irregularidades, que son, en sí mismos, indicios de responsabilidades que deben ser explorados por las auditorías y las Contralorías, eventualmente, por las fiscalías anticorrupción creadas recientemente. No podemos exigir a un instrumento que haga lo que corresponde a otro, aunque sean complementarios para los fines que en común persiguen. El Sistema Nacional de Anticorrupción aprobó los formatos para las declaraciones patrimonial y de conflicto de interés. Esperamos que ambos formatos se apliquen a todo el funcionariado nacional en mayo de 2020.

La rendición de cuentas deberá seguir y el Inai es un termómetro verás que, con la participación ciudadana que ejercita el derecho de acceso a la información y agota los medios para impugnar malas respuestas oficiales, ayuda a velar por la máxima publicidad, por incómoda que sea para ciertas dependencias.

El Estado democrático constitucional es como una orquesta, la partitura que todos los músicos siguen a detalle es la ley. En un afán simplista no se puede prescindir del violín dejando al violonchelo sus sonidos o a la flauta supliéndola con el clarinete.

Los medios legales para evitar y erradicar la corrupción son irremplazables para el equilibrio público. La inversión en estos órganos autónomos, que puedan frenar decisiones excesivas de los Poderes del Estado, garantiza que “el Poder detenga al poder”.

Excelsior (Mexico)

 



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