La sentencia considera que el asesinato de los seis jesuitas (cinco de ellos españoles), una empleada del hogar y su hija en la Universidad Centroamericana en 1989 fue "planeado, acordado y ordenado por el Alto Mando de las Fuerzas Armadas".
31 años después de la masacre, la Audiencia Nacional ha
condenado al ex viceministro de Seguridad Pública y ex coronel Inocente Orlando
Montano a 133 años y cuatro meses de prisión por ordenar junto a otros altos
mandos militares salvadoreños los "asesinatos de carácter terrorista"
de cinco jesuitas españoles, entre ellos el teólogo de la liberación Ignacio
Ellacuría. Por cada uno de esos crímenes lo condena a 26 años, ocho meses y un
día de cárcel. El tribunal también acusa a Montano de la muerte en esos mismos
hechos de otro sacerdote, una empleada del hogar y la hija de ésta, pero no lo
puede condenar porque esas tres víctimas no eran de nacionalidad española.
De todos los responsables de aquella orden, sólo ha
podido ser juzgado en España Inocente Orlando Montano, ya que hace tres años
fue extraditado a nuestro país por Estados Unidos, donde cumplía una condena
por un delito de inmigración ilegal. EEUU redujo la entrega de Montano a las
cinco víctimas españolas, por lo que la Audiencia Nacional no ha podido
condenarle aquí también por las tres salvadoreñas, aunque lo considera
igualmente culpable. El resto de los militares implicados en la matanza nunca
fue condenado y sigue libre en El Salvador.
La masacre ocurrió en la madrugada del 16 de noviembre de
1989, cuando miembros del Alto Mando salvadoreño, entre los que estaba Montano,
ordenaron a un batallón de su Ejército irrumpir en la Universidad
Centroamericana (UCA), de la que Ellacuría era el rector. Un grupo de 40
hombres "entrenados por el Ejército de Estados Unidos y fuertemente
armado", sacó a los jesuitas de sus habitaciones y los ametralló hasta la
muerte. Segundos después, los militares encontraron agazapadas en una
habitación a dos mujeres y dispararon también contra ellas "hasta
prácticamente partirlas por la mitad", según la sentencia fechada y dada a
conocer este 11 de septiembre.
La condena, acordada por unanimidad en la Sala Segunda de
lo Penal de la Audiencia Nacional, comparte casi en su totalidad la petición de
150 años de la Fiscalía y de las acusaciones particular y popular y supone un
paso histórico en la persecución de un crimen masivo por el que ningún alto
cargo político y militar de El Salvador fue condenado jamás. La propia
sentencia leída este viernes hace suya la tesis del Tribunal Supremo, que
consideró en su día el juicio celebrado en El Salvador no sólo falto de
garantía para el castigo y la persecución de los culpables, "sino más bien
para garantizar su sustracción a la justicia, adoleciendo de independencia e
imparcialidad". O como lo calificó la Compañía de Jesús, "una
farsa".
Judicialmente hablando, el caso arrancó con una querella
de la Asociación Pro Derechos Humanos de España aceptada por la Audiencia
Nacional en 2008, cuando en nuestro país estaba vigente la justicia universal.
Años después ese concepto jurídico fue abolido por el Gobierno de Mariano
Rajoy. Así pues, la sentencia emitida este viernes es el último gran caso de justicia
universal que será juzgado por España.
La sentencia es tan explícita que afirma que los
asesinatos "fueron cometidos desde los aparatos del Estado, lo que
comúnmente viene a denominarse como terrorismo de Estado, que se fragua desde
determinados núcleos de poder, como el presente caso, en el seno del Alto Mando
de las Fuerzas Armadas, al que pertenecía el acusado y en donde se adoptó la
decisión". De hecho, la Sala considera acreditado que en el crimen
participó un "grupo estable y permanente, que desde las más altas esferas
de poder de El Salvador y compuesto por el propio presidente de la República
[Alfredo Cristiani], utilizó la violencia y cometió graves delitos que
alteraron gravemente la paz".
"Ordenados por el Alto Mando"
La concreción es tal que el tribunal asegura que los ocho
asesinatos fueron "planeados, acordados y ordenados por el Alto Mando de
las Fuerzas Armadas, órgano al que pertenecía el acusado". Según la
sentencia, Montano participó en la decisión y, junto a otros cuatro miembros
del Alto Mando, "transmitió la orden de realizar las ejecuciones al
coronel director de la Escuela Militar", el lugar desde el que salió el
batallón asesino.
El crimen fue planeado durante días por un grupo de altos
mandos militares, entre los que se encontraba Montano. El Ejército salvadoreño
acusaba a los jesuitas de colaborar con la guerrilla del FMLN y lanzó durante
varios días una campaña de acoso a través de su radio oficial en connivencia
con la extrema derecha. Los días previos a la masacre por San Salvador corrían
pasquines que lo decían todo: "Haga patria, mate a un cura".
Los jesuitas llevaban varios años intentando una
mediación entre el Gobierno y el FMLN para lograr un acuerdo de paz que acabara
con una guerra soterrada que ya había costado decenas de miles de muertos. En
su trabajo por el cese de la violencia, los sacerdotes denunciaban las
vulneraciones de los Derechos Humanos cometidos por unidades militares y
células de extrema derecha contra los campesinos salvadoreños. La sentencia
cuenta que los jesuitas habían sido blanco durante esa década de "amenazas
de muerte, registros y atentados en la UCA, que fueron creciendo en intensidad
y en número, hasta 49 en el año 1989". De hecho, la implicación de parte
de la iglesia en la defensa de los Derechos Humanos a través de la Teología de
la Liberación ya le había costado la vida en 1980 al arzobispo de San Salvador,
Oscar Romero. Esa labor constante de denuncia resultaba incómoda para el Alto
Mando del Ejército salvadoreño, copado por un grupo de militares ultras llamado
La Tandona. Según la sentencia de la Audiencia Nacional, la extrema derecha y
los militares temían que la negociación de Ellacuría les privara de sus
privilegios, ya que uno de los puntos centrales de las conversaciones de paz
era la depuración de las Fuerzas Armadas.
Así, en la noche del 15 de noviembre de 1989, varios
altos cargos militares se reunieron en un edificio gubernamental y ordenaron la
"eliminación sin testigos" de Ignacio Ellacuría. En esa reunión
estaban el entonces coronel René Emilio Ponce, el general Rafael Bustillo, el
entonces coronel Juan Orlando Zepeda, el coronel Francisco Elena Fuentes y el
coronel Inocente Montano, que era, además, viceministro de Seguridad Pública.
Todos pertenecían a La Tandona.
Fusiles AK-47
Los altos cargos militares dieron la orden al batallón
Atlacalt, que había sido trasladado a la capital de El Salvador dos días antes
para registrar la sede de la UCA. Durante el juicio, uno de los tenientes que
acompañó al batallón, René Mendoza, reconoció su participación en los hechos y
declaró que recibieron esa orden de manos del grupo de altos mandos militares.
El tribunal considera "vital" su declaración y sostiene que a los
soldados se les entregaron fusiles de asalto AK-47, habitualmente utilizados
por la guerrilla, para implicar posteriormente al FMLN como autor de la
ejecución.
Así, unos 40 hombres fuertemente equipados con fusiles
AK-47 y M-16 irrumpieron en la UCA y asesinaron a los sacerdotes españoles
Ignacio Ellacuría, Ignacio Martín Baró, Segundo Montes, Armando López y Juan
Ramón Moreno, al salvadoreño Joaquín López y a la empleada del hogar Julia Elba
Ramos y a su hija de 16 años Celina Mariceth Ramos. La sentencia narra que
primero dispararon a Ellacuría, Baró y Montes. Tras ello, un subsargento y un
cabo abrieron fuego contra los otros tres sacerdotes. Momentos después, un
sargento que custodiaba a las dos mujeres las ametralló mientras se abrazaban.
Al percibir que seguían con vida, ordenó a un soldado asegurarse de su muerte.
Según la Audiencia Nacional, los hechos son
"notoriamente alevosos" porque Montano ordenó al director de la
Escuela Militar que el batallón acudiera de madrugada a la residencia de la
UCA, donde vivían las víctimas, a fin de proceder contra ellas. Es decir,
"ejecutar tanto a Ignacio Ellacuría como a quienes se encontraban en el
lugar, sin importar de quiénes se tratase, a fin de que no hubiera testigos de
los hechos". Además, las víctimas no tuvieron "ninguna posibilidad de
defensa". Estaban durmiendo y fueron llevadas a un patio, donde "tras
ordenarlas tumbarse boca abajo, se les descerrajaron disparos de fusiles de
asalto AK-47 y M-16".
La sentencia, de la que ha sido ponente Fernando Andreu,
ha tenido en cuenta no sólo el testimonio del teniente Mendoza, sino también
los de otros testigos presenciales, informes periciales, documentos de la
Comisión de la Verdad de Naciones Unidas y un dossier de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos.
Y condena a Montano a pagar en costas a la acusación
popular, ejercida por la Asociación Pro Derechos Humanos de España y la
Asociación de Antiguos Alumnos del Colegio San José de la Compañía de Jesús de
Valencia, por la relevancia de su trabajo, ya que la querella interpuesta el 13
de noviembre de 2008 dio origen a la causa.Para Manuel Ollé, abogado de la
acusación popular, esta sentencia "establece la verdad de lo que realmente
pasó". "Se ha hecho justicia y se ha reparado a los padres jesuitas,
a todas las víctimas y al pueblo de El Salvador. Ojalá sirva para seguir
aplicando el principio de jurisdicción universal".