Después de 42 días de la marcha indígena, el presidente Evo Morales anunció anoche la suspensión de la cuestionada construcción de la carretera y que la misma sería definida a través de una consulta.
Sin
embargo, según el Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS),
la propuesta de referéndum viola los derechos de los pueblos indígenas, porque
superpone un supuesto interés de los departamentos de Cochabamba y Beni, frente
a territorios indígenas con reconocimiento de derecho propietario y de
titularidad legalmente constituida.
Convenios
y normas constitucionales sostienen que se debe “consultar a los pueblos
interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus
instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o
administrativas susceptibles de afectarles directamente”, como es el caso de la
construcción del segundo tramo de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos.
A su
vez, según ANF, se estaría desconociendo la libre determinación y la
territorialidad de los pueblos indígenas, consagrados en el Artículo 30 de la
Constitución Política del Estado (CPE), inciso 4 y se estaría negando el
precepto y derecho constitucional a la pre existencia enmarcado en el artículo
2 de la misma Constitución.