Hace poco más de seis años, a Humberto Moreira se le acusó de operar la maquinaria electoral del magisterio elbista a favor del candidato del PAN Felipe Calderón; como gobernador de Coahuila, osciló entre la crítica acerba y la adulación al presidente. Tras el asesinato de su hijo José Eduardo por presuntos sicarios del narco, el fugaz dirigente del PRI presentó la segunda denuncia en la Corte Penal Internacional contra el exaliado de Elba Esther Gordillo por crímenes de guerra. De esta forma, Calderón se encuentra entre dos fuegos: los señalamientos de miles de ciudadanos y el de un grupo de políticos influyentes.
Al
desplegar a las Fuerzas Armadas en todo el país para combatir al narco sin
seguir los mecanismos constitucionales, Felipe Calderón Hinojosa desató una
guerra interna que se convirtió en eje rector de la política nacional durante
su gobierno, por lo que el hoy expresidente debe ser juzgado por la Corte Penal
Internacional (CPI), establece Humberto Moreira Valdés en la denuncia que
interpuso ante ese organismo.
Quien
fue gobernador de Coahuila y dirigente nacional del PRI, añade que la inconstitucionalidad
fue un escollo para que las Fuerzas Armadas combatieran a “los enemigos del
Estado”, provocando abusos y violaciones a los derechos humanos, aun contra
personas ajenas a los narcos y al “conflicto bélico que prevalece en el
territorio nacional”.
Las
consecuencias que enumera el documento tienen como fuente informes oficiales y
reportes periodísticos: entre 50 mil y 150 mil muertos, al menos un millar de
niños asesinados, unos 230 mil desplazados, la desaparición forzada de unas 3
mil personas, cerca de 5 mil denuncias por torturas y tratos crueles e
inhumanos cometidos por militares o marinos que, además, incurrieron en
desapariciones forzadas.
Entre
las investigaciones periodísticas citadas en la denuncia hay varias vinculadas
a Proceso: Historias de muertes y corrupción, de su fundador, Julio Scherer
García; El México narco, editado por el sello Planeta y coordinado por el
director de la revista, Rafael Rodríguez Castañeda; la edición especial del
semanario titulada El sexenio de la muerte; el libro Fuego cruzado, de la
reportera Marcela Turati, y varias notas publicadas en Proceso.com.mx.
La
denuncia fue presentada en la oficina de la fiscal de la CPI, Fatou Bensuda, el
29 de noviembre –penúltimo día de Calderón en funciones–, de acuerdo al acuse
electrónico.
El lunes
3, mediante el oficio OTP-CR-355/12, el jefe de la Unidad de Información y
Elementos de Prueba, M.P. Dillon, respondió con el acuse formular, el cual
indica que se analizará el caso para ver si es admisible conforme al Estatuto
de Roma, que rige a la CPI.
Éste es
un órgano de justicia internacional de carácter permanente, cuyo propósito es
juzgar crímenes de guerra, genocidio y crímenes de lesa humanidad. Tuvo su
origen en la aprobación del Estatuto de Roma en 2002 y tiene sede en La Haya,
Holanda.
El
domingo 16, Humberto Moreira acudió al bautizo de su nieto, Eduardo Humberto
Moreira, hijo de José Eduardo, asesinado por Los Zetas en Ciudad Acuña el
pasado 3 de octubre.
Afuera
de la parroquia del Perpetuo Socorro, en Saltillo, el exgobernador llamó a
Calderón “borracho de sangre” y “desequilibrado mental”, anunció que se iría a
Estados Unidos a estudiar una maestría, a “sanar el alma” y a escribir tres
libros. Uno de éstos, El odio del águila, en el que describirá las “tropelías”
del expresidente.
También
reprobó el desempeño del gobierno coahuilense, que encabeza su hermano Rubén,
en el caso del asesinato de José Eduardo y aseguró que la mayor parte de la
investigación la hizo él. Y entonces reveló que interpuso la denuncia en la CPI.
Se despidió: “A Felipe Calderón le digo: nos vemos en La Haya”.
La
denuncia del priista es la segunda que recibe la fiscalía de la CPI contra
Felipe Calderón por crímenes de guerra. Un año antes, el 25 de noviembre de
2011, por iniciativa del abogado Netzaí Sandoval y con las firmas de 25 mil
personas, se presentó otra que hasta el momento no se sabe si se admitirá.
La
“guerra interna”
La
denuncia interpuesta por Moreira Valdés consta de 46 páginas, 15 capítulos y
121 puntos, en los que expone desde el sistema constitucional mexicano hasta
los excesos cometidos por militares en la llamada guerra del narco.
Entre
los aspectos constitucionales que destaca el documento están las obligaciones
de las Fuerzas Armadas y su comandante supremo, el presidente de la República.
Y diferencia las funciones de seguridad exterior e interior de las tareas de
seguridad pública, con las cuales son incompatibles.
“La
Fuerza Armada permanente sólo puede desplegarse en el territorio nacional
cuando deba enfrentar invasiones provenientes de potencias extranjeras; cuando
por vía de las armas existan amenazas a la paz pública; o cuando se encuentre
en riesgo la seguridad interior, como consecuencia de movimientos armados”,
afirma en el punto 35.
Este
argumento ya ha sido utilizado por juristas y organismos defensores de derechos
humanos en México: si el presidente determinó que había una amenaza interior,
debió seguir los cauces constitucionales, esto es, declarar la suspensión de
garantías.
Al no
hacerlo y, en cambio, ordenar el despliegue militar, Calderón motivó la
ilegitimidad de las operaciones militares, que se entorpecieron por la ausencia
de marco legal. De esta forma la Fuerza Armada incurrió en la violación de
derechos humanos de civiles “que realizan su vida normal asumiendo que
disfrutan de todos sus derechos, cuando de hecho los teatros de operaciones
militares restringían garantías de libre tránsito, reunión, inviolabilidad de
domicilio, entre otros”.
Tales
condiciones, insiste Moreira, provocan “que las Fuerzas Armadas confundan a los
civiles inocentes con enemigos en el fragor de enfrentamientos armados, o lo
que es peor, que en algunos casos deliberadamente violen sus derechos
fundamentales bajo el pretexto de la necesidad de servicio”.
Tras un
recuento de los primeros días del gobierno de Calderón, Moreira recuerda el
desastre de las operaciones en Michoacán y la arenga del entonces jefe del
Ejecutivo a las tropas el 3 de enero de 2007, cuando vestido con casaca y quepí
militares exclamó que el país libraba una “guerra interna”.
En el
punto 76 de su denuncia añade: “Cualquier que sea el concepto doctrinal de la
guerra, ésta tiene de manera intrínseca una constante: la lucha a muerte. Esa
lucha se verifica entre personas que de forma organizada tratan de destruir a
su contrincante para imponerle su voluntad”.
En el 88
invoca la Convención de Ginebra sobre el trato a prisioneros de guerra, pues
afirma que esa es la situación en México, aun sin una declaración formal de las
partes en conflicto. Y en el punto 95 argumenta que la movilización de tropas y
sus operaciones son suficientes para reconocer el estado de guerra interna.
Con base
en el artículo 8 del Estatuto de Roma, que tipifica los crímenes de guerra
cometidos en “conflicto armado no internacional”, Moreira denuncia que en
México se han cometido estos delitos. Y aunque admite que existe excepción en
motines, actos esporádicos y aislados de violencia, dice que en el país se
desarrolla un conflicto armado prolongado entre las autoridades y grupos
organizados de delincuentes.
El otro
referente es el artículo 3, común a los cuatro convenios de Ginebra, mismos que
México ha ratificado con excepción del segundo, relativo a la protección de los
heridos, los enfermos y los náufragos de las Fuerzas Armadas en el mar. El
precepto común tipifica como violaciones graves los ataques a personas que no
participen directamente en hostilidades, incluidos los miembros de las Fuerzas
Armadas que hayan depuesto las armas o quedaron fuera de combate por
enfermedad, herida, detención u otra causa.
Entre
esas violaciones graves se enumeran el homicidio, los tratos crueles y
degradantes, la toma de rehenes y las ejecuciones extrajudiciales. Además, se
recuerda que el numeral 8 del Estatuto de Roma configura otros tipos penales
internacionales.
El
capítulo XI, el más extenso de la denuncia, se llama “De la ‘guerra contra el
narcotráfico’ en México” y tiene 19 puntos, en los que Humberto Moreira
describe la situación que el gobierno de Calderón propició en el país.
Según
él, desde 2000 recrudeció la violencia entre grupos de narcotraficantes que se
disputan las rutas de tráfico de drogas a Estados Unidos. Esa lucha se fue convirtiendo
en una guerra interna cuando los narcos empezaron a confrontar al Estado
mexicano para imponer su hegemonía en diferentes zonas y apoderarse de la vida
económica, política y cultural de las poblaciones.
Añade
que las organizaciones de narcotraficantes se caracterizan por su nivel
orgánico, con jerarquías y funciones definidas, capacidad logística, poder de
fuego y una inmensa capacidad económica.
Después
de las operaciones en Michoacán a partir de diciembre de 2006, sin mediar la
suspensión de garantías, la ya conocida como “guerra contra el narcotráfico” se
extendió a todo el país y actualmente no se ha establecido cuántas muertes ha
provocado, pero se calculan entre 50 mil y 150 mil.
“Tampoco
es posible conocer con exactitud el número de violaciones a los derechos
humanos cometidos por las tropas, toda vez que son pocas las personas que
tienen la posibilidad de quejarse ante la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos (CNDH) o ante los organismos internacionales, bien por falta de
recursos económicos, lejanía de sus poblaciones, apatía u otros motivos”, dice
Moreira.
Su
denuncia menciona las 10 recomendaciones generales emitidas por la CNDH, así
como las 102 recomendaciones emitidas contra las secretarías de Defensa
Nacional y de Marina a partir de la militarización y hasta abril de 2012.
Asimismo, remite al informe de Amnistía Internacional de octubre pasado, que
documenta 4 mil 841 denuncias por tortura, tratos crueles, inhumanos y
degradantes cometidos por las Fuerzas Armadas, en casos como los de Valentina
Rosendo e Inés Fernández, Teodoro Cabrera García y Rodolfo Montiel.
Se
añaden también la desaparición forzada de unas 3 mil personas y las confesiones
obtenidas por militares bajo tortura, como en los casos de José Manuel Esqueda,
Gustavo Fuentes y Jethro Ramsés Sánchez Santana.
Para el
denunciante, todo esto forma parte de una política que se convirtió en eje
rector de la administración de Felipe Calderón, quien impuso prácticamente un
estado de excepción al movilizar a 70 mil soldados y marinos.
Deficiencias
del sistema mexicano
En la
argumentación jurídica de Humberto Moreira, la imposibilidad de enjuiciar a los
presidentes en México actualiza la competencia de la CPI en este caso contra
Felipe Calderón, ya que la denuncia se presentó cuando él todavía estaba en
funciones.
Conforme
al artículo 25 del Estatuto de Roma relativo a la responsabilidad penal
individual, alega, la inconstitucionalidad en la movilización de tropas y sus
consecuencias convierte a Calderón en el responsable directo de los crímenes
señalados, por su calidad de comandante supremo de las Fuerzas Armadas.
En su
punto 113, Moreira cita el artículo 17 del Estatuto de Roma, que enlista los
requisitos para que la CPI conozca un asunto:
La
fracción 1, inciso a) de dicho precepto establece que se conocerá un caso
cuando un Estado no pueda hacerlo por falta de jurisdicción; el inciso b) se
refiere a la admisibilidad cuando se carezca de voluntad para enjuiciarlo en el
Estado con jurisdicción; y la fracción 3 dice que la Corte conocerá un caso
cuando la administración de justicia del Estado en cuestión esté colapsada, se
carezca de ella o no esté en condiciones de llevar a cabo el juicio.
Para
demostrar la admisibilidad de su denuncia, Moreira cita el artículo 108,
párrafo segundo del Código Penal Federal mexicano, donde se estipula que el presidente,
en su calidad de comandante supremo, sólo puede ser juzgado por traición a la
patria, según el artículo 203 del Código de Justicia Militar. Y como civil,
sólo por delitos graves del orden común.
“El
Estado mexicano no sólo carece de jurisdicción para conocer del asunto, sino
incluso para investigarlo y, por ende, se surten las excepciones a que se
refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma”, concluye el punto 115 de la
denuncia.
Agrega
que el sistema jurídico mexicano es defectuoso porque no permite combatir la
impunidad de los crímenes graves cometidos contra la humanidad por el
presidente de la República, “quien tiene facultades exclusivas para disponer de
la Fuerza Armada permanente”.
Ahora,
la CPI tendrá que iniciar un procedimiento de análisis del caso y, conforme a
las disposiciones del Estatuto de Roma, emitirá un dictamen para decidir si lo
admite o no.